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10 de noviembre de 2006
CNE DECLARÓ IMPROCEDENTE DENUNCIA SOBRE PRESUNTA USURPACIÓN DEL COLOR AZUL
* La directiva del Poder Electoral argumentó que el ente comicial regula los colores y símbolos para la inscripción formal de una organización política, más no los colores que se utilizan en la campaña electoral para posicionar una candidatura * Aprobada normativa que regirá presencia de testigos electorales en la elección presidencial

El Consejo Nacional Electoral declaró improcedente la solicitud realizada por el partido Patria Para Todos (PPT) sobre la presunta usurpación del color azul, por parte del comando de campaña del candidato presidencial Manuel Rosales,  informó el rector principal Germán Yépez,  al finalizar la reunión del Poder Electoral de este viernes.

 

El rector electoral, miembro de la Comisión de Participación Política y Financiamiento,  dijo que el CNE tomó la decisión luego de evaluar los elementos legales correspondientes y de analizar los registros de las organizaciones con fines políticos que están inscritas ante el ente comicial, así como los registros de los símbolos y colores utilizados por las organizaciones que participan en la elección presidencial.

 

Explicó que el CNE consideró que los partidos se inscriben y se registran ante el organismo, optando por determinados símbolos y colores, “luego postulan sus candidatos con otros símbolos y colores que no, necesariamente, son los mismos con los que registraron formalmente la inscripción de la organización política”, indicó el rector

 

 Otro de los argumentos señalados por el ente comicial es que en la propia campaña electoral las organizaciones con fines políticos optan por diversos colores y consignas que no son el reflejo exacto de los colores y símbolos que en principio registraron ante la institución electoral.

 

“Nos hemos basados en elementos jurídicos que nos permiten establecer que en el caso de la campaña electoral no hay elementos legales que permitan darle la exclusividad por la utilización del color a un candidato determinado  o a una organización determinada”.

 

No obstante, aclaró que los representantes del partido Patria Para Todos tienen la oportunidad de recurrir ahora a otros órganos jurisdiccionales, en este caso, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Aprobada normativa sobre testigos electorales

El rector Yépez también informó sobre la aprobación de la normativa para la presencia de los testigos electorales nacionales, regionales, municipales y testigos de mesa  de los candidatos y de las organizaciones con fines políticos y de las alianzas que participarán en el proceso electoral del 3 de diciembre.

 

Dejó claro que “en el caso de los testigos nacionales, se pueden desplazar por cualquier área del territorio nacional, en representación de sus candidatos.  Los testigos regionales sólo se podrán desplazar en los estados y los municipales en sus respectivas jurisdicciones Es decir cada candidato tendrá un testigo nacional, un testigo regional y  un testigo municipal”.

 

El  rector expresó que de acuerdo con la normativa aprobada, las organizaciones con fines políticos y las alianzas tendrán  testigos en las mesas de votación. ”Sólo se permitirá un testigo por cada organización política en cada mesa de votación y las alianzas se deben poner de acuerdo para designar un sólo testigo por cada mesa de votación”, subrayó.

 

Todas las alianzas políticas que participan en la elección presidencial tienen derecho a tener un testigo en las juntas electorales regionales y municipales, en las mesas de votación, en los centros de transmisión y en las rutas del voto que se habilitarán en todo el país para trasladar a los electores para que ejerzan su derecho al sufragio.

 

Las alianzas políticas regionales y municipales deben dirigirse a las Oficinas Regionales del CNE para solicitar la acreditación de sus testigos, mientras que las organizaciones de carácter nacional deben hacer los trámites de acreditación ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento, precisó finalmente el rector Yépez.