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11 de abril de 2018
Hoy se imparte capacitación a miembros de juntas regionales electorales
*A través de un taller, este miércoles se desarrollará en las 24 oficinas regionales electorales la faceta de preparación de las ciudadanas y los ciudadanos que prestarán el servicio electoral durante un año

Este miércoles 11 de marzo se impartirá en todas las oficinas regionales electorales del país el taller de capacitación para las y los integrantes de juntas regionales electorales que cumplirán funciones durante el desarrollo de los comicios que se llevarán a cabo el venidero 20 de marzo.

Con esta actividad se inicia la fase de capacitación de las ciudadanas y los ciudadanos que resultaron seleccionados mediante sorteo automatizado y público para prestar funciones de servicio electoral durante un año, a partir de la fecha de realización de dicho sorteo. El pasado 19 de marzo se celebró esta actividad, en virtud de lo cual quienes resultaron seleccionadas y seleccionados deberán desempeñar esas funciones hasta la misma fecha de 2019.

De acuerdo con la programación establecida por la Oficina Nacional de Organismos Electorales Subalternos, se comenzará este miércoles 11 con la capacitación de las juntas regionales electorales, la cual será impartida de 9 a 11 de la mañana en la oficina electoral de cada estado. A esta actividad deben asistir los miembros principales, el presidente y el secretario, así como los miembros suplentes.

Seguidamente, se brindará la capacitación a las y los integrantes de las juntas municipales electorales, el día lunes 23 de abril, en cada uno de los 335 municipios del país. Estas comenzarán a funcionar a partir del 2 de mayo. La tercera fase corresponde a la capacitación de miembros de mesa, que se iniciará el 4 de mayo y concluirá el 18 del mismo mes. En esa fecha se efectuará también la instalación de las mesas electorales en todo el país, a las 8 de la mañana.

Deber constitucional

La actividad del servicio electoral está consagrada en la carta magna de la República, así como en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Electoral. Este último establece que “El Servicio Electoral es un deber constitucional, por el cual las electoras y los electores prestan servicio en funciones lectorales durante el período de una año, contado a partir del momento en que son seleccionadas o seleccionados”.

En la página del Consejo Nacional Electoral en internet: (www.cne.gob.ve), las electoras y los electores podrán consultar cuáles son las causales de excepción para el servicio electoral, así como los recaudos que deberán presentarse en caso de que exista alguna razón que impida a una ciudadana o un ciudadano el cumplimiento de esta obligación cívica.

A través del siguiente link puede consultar el aviso oficial publicado el lunes 09 de Abril