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07 de junio de 2012
En la sesión de este jueves
Aprobado Reglamento General de la Lopre
*Encuestadoras deberán registrarse ante el CNE para publicar estudios de opinión sobre tendencias electorales o intención de voto

El Consejo Nacional Electoral aprobó, en su sesión de este jueves 7 de junio, el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales que contiene como innovación la obligatoriedad de registro ante el organismo comicial de empresas e instituciones, públicas y privadas, particulares, universidades y demás institutos académicos que pretendan publicar encuestas, sondeos o estudios de opinión sobre las preferencias electorales.

Para tales efectos, el CNE abrirá un registro de aquellas instituciones que deseen hacer público resultados de encuestas con tendencias de voto y/o predilecciones electorales. Este registro será publicado en el sitio oficial del Poder Electoral en Internet: www.cne.gob.ve.

La nueva norma igualmente establece que se debe presentar la ficha técnica y la metodología utilizada en las encuestas, sondeos y estudios de opinión, cuyo fin sea investigar las preferencias electorales, cuando sean publicados en los medios de comunicación.

Dice expresamente que sólo podrán divulgarse resultados de encuestas y estudios de opinión que cumplan con lo establecido en el reglamento y ratifica la prohibición de publicarlos hasta siete días antes de la elección.

Este reglamento general, que compila los reglamentos sancionados en el año 2010, también incluye un articulado que regula las innovaciones aplicadas al Sistema Automatizado de Votación y el funcionamiento de la mesa electoral a partir de la incorporación del Sistema de Autenticación Integrado.