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01 de abril de 2011
DECLARACIÓN SEGUNDO ENCUENTRO INTERNACIONAL DE ESPECIALISTAS EN REGISTRO CIVIL

Nosotras y nosotros, autoridades electorales, registrales, expertas y expertos en Registro Civil de Latinoamérica, reunidos en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, durante los días 30, 31 de marzo y 01 de abril de 2011, en un intercambio horizontal, solidario, de conocimientos y experiencias en el manejo del Registro Civil, concluimos lo siguiente:

1.El Registro Civil es el servicio público esencial que garantiza el Derecho Humano a la identidad. Es obligación del Estado asegurar la inclusión social a través de mecanismos que se adecúen a la diversidad social y geográfica de los países, abriendo espacio, bajo el principio de corresponsabilidad, a la participación de las comunidades organizadas, para asegurar progresivamente la erradicación del subregistro.

2.Para garantizar el derecho a la identidad, el Registro Civil debe ser confiable, accesible, oportuno, favoreciendo la simplificación y flexibilización de los trámites. Se debe procurar la resolución en sede administrativa de los procedimientos relativos a la inscripción de hechos vitales y actos jurídicos que incidan en el estado civil de las personas.

3.La gratuidad del servicio de registro favorece el acceso en igualdad de condiciones y sin discriminación.

4.El Registro Civil debería ser la fuente idónea de información para la elaboración de políticas públicas del Estado.

5.El principio del interés superior de niñas y niños prevalecerá en resguardo de su derecho humano a la identidad.

6.La coordinación entre los distintos órganos de las ramas del Poder Público que realizan acciones relacionadas con el registro civil favorece la consolidación de las estadísticas vitales en nuestros países.

7.Los marcos legales y procedimientos del Registro Civil debería respetar las realidades y necesidades de los grupos vulnerables y en el caso de los pueblos y comunidades indígenas, desarrollar y garantizar la protección y conservación de sus usos y costumbres ancestrales.

8.Es importante que los órganos que administran el Registro Civil dispongan de facultades normativas para regular la prestación del servicio. En este sentido, se destaca la fortaleza del Poder Electoral venezolano que le permite presentar iniciativas legislativas y reglamentar la legislación en esta materia, al igual que en otros países de la región. Se reconoce los avances en la legislación venezolana en el sentido de garantizar la transición hacia un Registro Civil inclusivo, y acorde con los adelantos tecnológicos.

9.La aplicación de mecanismos tecnológicos en los procesos del Registro Civil permite la mayor accesibilidad, fiabilidad de los datos, cobertura, agilización de los trámites y seguridad.

10.La automatización de los registros civiles debe considerar como aspecto primordial el proceso de digitalización para la preservación del acervo histórico y la optimización en la prestación del servicio, incorporando los mecanismos de certificación electrónica, que asegure la integridad de la información almacenada en los archivos digitales y su pleno valor probatorio.

11.Establecer políticas que garanticen la transferencia tecnológica y el uso de estándares abiertos de manera preferente, debiendo garantizarse el manejo y administración de los procesos medulares automatizados, por parte de los órganos administradores de los Registros Civiles.

12.El reconocimiento de la diversidad de género en los procesos de Registro Civil depende de los marcos normativos que así lo contemplen.

En consecuencia, recomendamos y proponemos:

1.PROMOVER EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y EXPERIENCIAS EN MATERIA REGISTRAL ENTRE LOS ORGANISMOS Y AUTORIDADES DE REGISTRO CIVIL; ASÍ COMO ENTRE LAS Y LOS REPRESENTANTES, EXPERTAS, EXPERTOS Y ESPECIALISTAS DE LOS PAÍSES LATINOAMERICANOS, A LOS FINES DE CREAR NUEVOS ESPACIOS Y AMPLIAR LOS EXISTENTES, EN EL PROCESO DE INTEGRACIÓN DE NUESTROS PUEBLOS, CONSTRUYENDO SÓLIDAS GARANTÍAS DEL DERECHO DE IDENTIDAD.

2.ORGANIZAR UN TERCER ENCUENTRO INTERNACIONAL DE ESPECIALISTAS EN REGISTRO CIVIL, QUE PERMITA EVALUAR LOS AVANCES EN LA IMPLEMENTACION DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN ESTE SEGUNDO ENCUENTRO INTERNACIONAL DE ESPECIALISTAS EN REGISTRO CIVIL.

3.REMITIR COPIA DE ESTE ACUERDO A TODAS LAS AUTORIDADES REGISTRALES DE NUESTROS PAÍSES, A LAS AUTORIDADES DEL PODER PÚBLICO DE NUESTROS PAÍSES Y A LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES MULTILATERALES.

4.PROMOVER LA CREACIÓN DE UNA INSTANCIA QUE BRINDE SERVICIOS DE ESTUDIOS REGISTRALES LATINOAMERICANOS, CUYAS SIGLAS SERIAN “SER LATINOAMERICANOS”.

5.MÉXICO PONE A DISPOSICIÓN DE TODOS LOS PAÍSES DE LA REGIÓN SU EXPERIENCIA EN EL DESARROLLO DE MECANISMOS TECNOLÓGICOS.

6.RECONOCER LOS AVANCES PRESENTADOS POR LA DIRECCIÓN DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR EN LA MODERNIZACIÓN DE SUS PROCESOS DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, TOMANDO COMO PUNTO DE PARTIDA LA SITUACIÓN PRESENTADA DURANTE EL PRIMER ENCUENTRO INTERNACIONAL DE ESPECIALISTAS EN REGISTRO CIVIL CELEBRADO EN CARACAS, EN EL AÑO 2007.

7.SE RECONOCE LA NECESIDAD DE BRINDAR UN SERVICIO DE CALIDAD A TODA LA POBLACIÓN, EN ESTE SENTIDO, LOS PAÍSES SE ENCUENTRAN TRABAJANDO EN LA APLICACIÓN DE POLÍTICAS DESTINADAS A LA CAPACITACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS.