El Registro Civil
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Antecedentes
Antecedentes
Resolución N° 100623-0220
Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.461, de fecha 08 de julio de 2010.
Es un instrumento dirigido a regular los procedimientos relacionados con los Libros, Actas y Sellos del Registro Civil, llevados por los órganos de gestión del Sistema Nacional del Registro Civil.
Es un instrumento dirigido a regular los procedimientos relacionados con los Libros, Actas y Sellos del Registro Civil, llevados por los órganos de gestión del Sistema Nacional del Registro Civil.
Ley Orgánica de Registro Civil
Publicada en la Gaceta Oficial N° 39.264, del 15 de septiembre de 2009, mediante la cual se crea un nuevo marco jurídico para la organización y funcionamiento del Registro Civil.
Establece la obligatoriedad y gratuidad en la inscripción de los actos declarativos, constitutivos o modificatorios del estado civil.
Crea el Sistema Nacional de Registro Civil el cual está conformado por los órganos del Poder Público que, de manera coordinada, ejecutan las actividades que garantizan el adecuado registro, control y archivo de los hechos y actos que afectan el estado civil, en el ámbito de las competencias que le son propias a cada uno.
Automatiza los procesos, estableciendo la conexión directa entre el Registro Civil y el Registro Electoral, permitiendo la incorporación automática de las personas, al padrón de votantes en el momento que alcanza la mayoría de edad, así como la depuración de dicho Registro en tiempo real.
Establece la obligatoriedad y gratuidad en la inscripción de los actos declarativos, constitutivos o modificatorios del estado civil.
Crea el Sistema Nacional de Registro Civil el cual está conformado por los órganos del Poder Público que, de manera coordinada, ejecutan las actividades que garantizan el adecuado registro, control y archivo de los hechos y actos que afectan el estado civil, en el ámbito de las competencias que le son propias a cada uno.
Automatiza los procesos, estableciendo la conexión directa entre el Registro Civil y el Registro Electoral, permitiendo la incorporación automática de las personas, al padrón de votantes en el momento que alcanza la mayoría de edad, así como la depuración de dicho Registro en tiempo real.
Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad
Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana Venezuela N° 38.773, de fecha 20 de septiembre de 2007; introduce un novedoso procedimiento administrativo para el reconocimiento de la paternidad.
Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente
Promulgada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.859, de fecha 10 de diciembre de 2007. Reformada en fecha 02 de abril de 2008, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.901.
Es una ley especial dirigida a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la cual desarrolla y protege los derechos relativos a la identidad biológica y estado familiar y civil de los niños, niñas y adolescentes. Consagra y reconoce el derecho que tiene todo niño, niña y adolescente a tener un nombre, nacionalidad y a ser identificados inmediatamente después de su nacimiento.
Es una ley especial dirigida a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la cual desarrolla y protege los derechos relativos a la identidad biológica y estado familiar y civil de los niños, niñas y adolescentes. Consagra y reconoce el derecho que tiene todo niño, niña y adolescente a tener un nombre, nacionalidad y a ser identificados inmediatamente después de su nacimiento.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999
Establece por primera vez en nuestra historia constitucional el Derecho que tiene toda persona a tener un nombre propio, el apellido del padre y de la madre, a conocer la identidad de los mismos, además de reconocer el derecho a la inscripción gratuita e inmediata en el Registro Civil después de su nacimiento y a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad biológica.
Crea el Poder Electoral y le asigna como una de sus funciones la de administrar, supervisar y vigilar el Registro Civil y Electoral.
Crea el Poder Electoral y le asigna como una de sus funciones la de administrar, supervisar y vigilar el Registro Civil y Electoral.
Reforma del Código Civil de 1982
Se basa principalmente en establecer la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer, buscando superar las desigualdades de derechos y obligaciones que se derivaban del matrimonio, la igualdad de los padres en el ejercicio de la Patria Potestad, además de eliminar las calificaciones en cuanto a la filiación de los hijos habidos fuera del matrimonio los calificativos referidas a las denominaciones de hijo “legítimo” y “natural”.
Reforma del Código Civil de 1916
Se hicieron reformas para facilitar la celebración del matrimonio, buscando regularizar la filiación legítima. Se incluyó como medio de prueba de la filiación, además del acta de nacimiento o del reconocimiento posterior por documento público, la Posesión de Estado. Se impuso la obligación de incluir el nombre de la madre, en lo que respecta a la redacción del acta de nacimiento para los casos que consideraban como “Hijos Ilegítimos”, facilitando además la “legitimación” por subsiguiente matrimonio.
Ley sobre la Organización de las Oficinas de Registro de 13 de junio de 1876
Mediante la cual se suprimen los registros de nacimientos, matrimonios y defunciones de las funciones que le correspondían al Registro Público.
Reforma del Código Civil del 20 de febrero de 1873
El Presidente provisional de la República, Antonio Guzmán Blanco, decretó la creación de un Registro de Estado Civil, incluyéndolo en el Código Civil proyectado por una Comisión ad hoc, el cual entró en vigencia el 27 de abril de 1873, derogando al Código Civil promulgado el 28 de octubre de 1867.