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Viernes, 01 de Diciembre de 2023 |
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Preguntas Frecuentes |
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¿Qué es son las Comisiones Electorales Permanentes?
Según el artículo 36 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales son las “(…) encargadas de organizar
y conducir de forma permanente, los procesos de elección o revocatoria de los voceros o voceras del consejo
comunal y las consultas”.
¿Las Comisiones Electorales Permanentes deben cumplir con lo que estipula el CNE?
Las orientaciones creadas por la ONPC contribuyen a facilitar el desarrollo de los procesos electorales, por lo tanto
deberá ser utilizado como un marco referencial y corresponderá a cada Comisión Electoral Permanente, teniendo
como principio básico el respeto a su autonomía e independencia, evaluarlo y ejecutarlo de acuerdo a su realidad
y necesidades. No obstante, el artículo 37 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales estipula que éstas deben
“coordinar en el ejercicio de sus funciones, con el Poder Electoral”.
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